Nueva ley de Protección de Datos Personales (el famoso RGPD)

El RGPD es el nuevo marco legal para la Protección de Datos Personales en la Unión Europea que entró en vigencia el pasado 25 de mayo, y que reemplazará a la normativa anterior (Directiva de Protección de Datos 95/46/CE), la cual no tenía carácter obligatorio.

La reciente ley considera “Datos Personales” a la siguiente información: nombre, correo electrónico, nombre de usuario y contraseña, dirección, teléfono, edad, datos de facturación y todos lo que brindamos los usuarios a una empresa para comprar un producto o darnos de alta a cualquier servicio gratuito o pago.

La nueva legislación cuenta con 3 objetivos principales:

  • La unificación de todas las normas de protección de datos vigentes en la Unión Europea.
  • El otorgamiento de la titularidad, el acceso y el control de sus Datos Personales a los “sujetos de datos”.
  • La responsabilización a las empresas del uso que hacen de dichos datos.

Ok, ya entendimos (ponele)… ¿pero quiénes se ven afectados por el RGPD? ?

La ley reconoce la existencia de un “sujeto de datos”, titular de 8 derechos fundamentales en relación a su información personal, que de ahora en más pueden ejercer con más fuerza dicha “propiedad” y disponer quiénes y de qué forma pueden utilizar sus datos.

El otro grupo directamente involucrado son las empresas que poseen y manejan Datos Personales de individuos residentes en la Unión Europea, estén o no radicadas en suelo europeo, y que deben procurar el cumplimiento de los “8 derechos de los Sujetos de Datos” en todos sus procesos comerciales y administrativos.

1) Derecho de información
Este derecho proporciona al interesado la capacidad de solicitar a una empresa información sobre qué datos personales (sobre él o ella) están siendo tratados y la justificación de dicho tratamiento. Por ejemplo, un consumidor puede preguntar por la lista de encargados con los que se comparten sus datos personales.

2) Derecho de acceso
Este derecho proporciona al interesado la capacidad de obtener acceso a sus datos personales que estén siendo tratados. Esta solicitud proporciona el derecho del interesado a ver o consultar sus propios datos personales, así como de solicitar copias de sus datos personales.

3) Derecho de rectificación
Este derecho proporciona al interesado la capacidad de solicitar modificaciones de sus datos personales en cado de que el interesado crea que estos datos personales no estén actualizados o no sean precisos.

4) Derecho de retirar el consentimiento
Este derecho proporciona al interesado la capacidad de retirar un consentimiento otorgado previamente para tratar sus datos con una determinada finalidad. La solicitud luego precisa que la empresa detenga el tratamiento de los datos personales sobre los cuales se basaba el consentimiento proporcionado anteriormente.

5) Derecho de oposición
Este derecho proporciona al interesado la capacidad de oponerse al tratamiento de sus datos personales. Normalmente, esto sería lo mismo que el derecho a retirar el consentimiento, si el consentimiento se solicitó de forma adecuada y no se realiza otro tratamiento que no sea con fines legítimos. Sin embargo, un escenario concreto sería cuando un cliente solicita que sus datos personales no sean tratados para determinados fines, mientras que una disputa legal esté en curso en los tribunales.

6) Derecho de oposición al tratamiento automático
Este derecho proporciona al interesado la capacidad de oponerse a una decisión basada en el tratamiento automático. Utilizando este derecho, el cliente puede pedir su solicitud (por ejemplo, una solicitud de préstamo) que se revisará manualmente, ya que él o ella cree que el tratamiento automático de su préstamo no puede considerarse la situación única del cliente.

7) Derecho a ser olvidado
También conocido como derecho a borrar, este derecho proporciona al interesado la capacidad de eliminar sus datos. Esto generalmente aplica a situaciones donde la relación con un cliente ha finalizado. Es importante destacar que este no es un derecho absoluto, y que depende del programa de retención y el periodo de retención de acuerdo con otras leyes de aplicación.

8) Derecho a la portabilidad de datos
Este derecho proporciona al interesado la capacidad de solicitar la transferencia de sus datos personales. Como parte de dicha solicitud, el interesado puede solicitar que sus datos personales sean devueltos (a él o ella) o transferidos a otro responsable. Al hacerlo, los datos personales deben ser proporcionados o transferidos en un formato electrónico de lectura mecánica.


Publicidad Online y RGPD

Una de las áreas más polémicas de esta reglamentación es la regulación en cuanto a la publicidad. A partir de ahora las direcciones IP y las ID de cookie de los usuarios pasarán a considerarse datos personales, por lo tanto las empresas deberán cumplir una serie de requisitos para poder utilizar estos datos.

Estos datos ofrecen una gran cantidad de información acerca de los usuarios. Por ejemplo, tu IP puede decirle a cualquier anunciante los lugares por los que navegás, los productos que consultás y los intereses que tenés gracias a tus búsquedas. Esta información es utilizada por los anunciantes para definir el público objetivo al que mostrar los diferentes anuncios. Básicamente, esto hace que los anuncios que te aparezcan te interesen, aumentando notablemente la posibilidad de que hagas click.

Nuevos requisitos para los anuncios en Internet

La sección del reglamento que hace referencia al ámbito de Internet es el Reglamento de e-privacy que podés leer acá. Lo principal que se recoge en esta nueva normativa es que el tratamiento de estos datos que te mencioné más arriba solo será legal si se tiene un consentimiento e interés legítimo.

Consecuencias para los anunciantes (nada es gratis en la vida) ?

Ahora los anunciantes la tenemos mucho más complicada para hacer campañas de marketing (por el momento sólo dentro de la Unión Europea). Se deberán guardar y tratar mucho más cuidadosamente los datos y se deberá pedir consentimiento para todo. Será mucho más difícil conseguir los datos por lo que habrá que volver a innovar en el mundo digital. Ahora pasaremos a depender más de las redes sociales y los buscadores para obtener datos, algo que afectará negativamente a la industria de la publicidad y el marketing digital ?.

Compartir nota
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Facebook
También te puede interesar...